Abogados de Familia Inmigratoria
Abogados con Zepeda Law Firm tienen un objetivo en mente, y que es ayudar a unir a las familias una familia a la vez. Todos los abogados de ZEPEDA LAW FIRM tienen sus propias familias y conocen la importancia que es la unidad de la familia. Nos fijamos en cada caso, no como un número, pero como la gente se esfuerza por obtener el sueño americano a la vez que trata de mantener su unidad.
Hemos ayudado a madres, padres, abuelos, hijos, hermanos y cónyuges permanecen juntos o se unen. Hacemos hincapié en que tiene un profesional, así como una relación personal con cada cliente. Hacemos nuestro mejor esfuerzo para comunicarnos con nuestros clientes, facilitar el proceso en su nombre, y alcanzar nuestra meta de obtener residencias en su nombre. A su vez, nos alejamos de haber conocido a grandes personas a las que hemos sido capaces de ayudar a hacer realidad sus sueños. No hay mejor recompensa.
Podemos ayudarle a presentar una petición, el primer paso para iniciar el proceso hacia la obtención de una visa, ya sea a través de la Oficina de Distrito de los Estados Unidos o de la Oficina Consular en su país de origen. A continuación se detallan las diferentes categorías de miembros de la familia que pueden solicitar a sus seres queridos a unirse a ellos en los Estados Unidos. Estas categorías se describen de esta manera por el Departamento de Estados para que las familias pueden referirse al Boletín de Visas para comprobar si su fecha de prioridad es actual. Los familiares inmediatos son el único grupo que no tienen tiempo de espera como su visa está disponible inmediatamente. Además, la fecha de prioridad de cada categoría varía dependiendo de qué país beneficiario relativa es de. Además, para cada categoría, es decir, Petición para Familiar Extranjero, debe demostrar que la relación existe. Nuestra oficina puede ayudarle a asegurarse de que la petición incluye todas las pruebas necesarias. Llámenos hoy mismo al 817-917-8863.
Hemos ayudado a madres, padres, abuelos, hijos, hermanos y cónyuges permanecen juntos o se unen. Hacemos hincapié en que tiene un profesional, así como una relación personal con cada cliente. Hacemos nuestro mejor esfuerzo para comunicarnos con nuestros clientes, facilitar el proceso en su nombre, y alcanzar nuestra meta de obtener residencias en su nombre. A su vez, nos alejamos de haber conocido a grandes personas a las que hemos sido capaces de ayudar a hacer realidad sus sueños. No hay mejor recompensa.
Podemos ayudarle a presentar una petición, el primer paso para iniciar el proceso hacia la obtención de una visa, ya sea a través de la Oficina de Distrito de los Estados Unidos o de la Oficina Consular en su país de origen. A continuación se detallan las diferentes categorías de miembros de la familia que pueden solicitar a sus seres queridos a unirse a ellos en los Estados Unidos. Estas categorías se describen de esta manera por el Departamento de Estados para que las familias pueden referirse al Boletín de Visas para comprobar si su fecha de prioridad es actual. Los familiares inmediatos son el único grupo que no tienen tiempo de espera como su visa está disponible inmediatamente. Además, la fecha de prioridad de cada categoría varía dependiendo de qué país beneficiario relativa es de. Además, para cada categoría, es decir, Petición para Familiar Extranjero, debe demostrar que la relación existe. Nuestra oficina puede ayudarle a asegurarse de que la petición incluye todas las pruebas necesarias. Llámenos hoy mismo al 817-917-8863.
Miembros de la familia que pueden solicitar para Usted
Categorias de Visas
FAMILIA INMEDIATOEsposa de un USC Hijos solteros (menores de 21 años de edad) de un USC * Los niños derivados incluidos Padres de la USC Hijo / Hija (más de 21 años de edad) |
PRIMER CATEGORIAHijo soltero / Hija de un USC
* Los niños derivados incluidos |
SEGUNDA CATEGORIA2A - Cónyuge o hijo soltero (menor de 21 años de edad) de un Residente Permanente 2B - Soltero Hijo / Hija (más de 21 años de edad) de un Residente Permanente * Los niños derivados incluidos |
TERCER CATEGORIACasado Hijo / Hija (más de 21 años de edad) de un USC * Derivado esposa y niños incluidos |
CUATRO CATEGORIA* Derivado esposa y niños incluidos |
Ajuste de Residencia
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Proceso Consular
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